Caerá Sol Sánchez en un delito electoral con la rifa de casas: Héctor Chávez

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En el caso de la iniciativa  de la candidata a la alcaldía de Parral por Movimiento Ciudadano, Sol Sánchez, en torno a la rifa de casas, puede caer en un delito electoral, en a que las leyes y reglamentos que rigen el proceso electoral en Chihuahua y a nivel federal aplican a todos los candidatos independientemente de su afiliación política.

Así lo dio a conocer Héctor Chávez político parralense y actualmente integrante del equipo de Salvador “Chava” Calderón, quien dijo que  en resumen, la rifa de las tres casas podría violar:

1. **Ley Electoral del Estado de Chihuahua**:

   – **Artículo 385:** Prohíbe el uso de regalos, dádivas o promesas como una forma de inducir el voto o para actos anticipados de campaña.

2. **Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral (INE)**:

   – Los lineamientos y reglamentos de propaganda electoral del INE también establecen restricciones sobre la entrega de regalos o premios a los votantes.

Si las autoridades electorales concluyen que esta rifa tiene la intención de influir en las elecciones, podrían considerarla una violación de la normativa electoral. Sería recomendable revisar con un experto legal o consultar directamente con el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua para obtener más información sobre este caso, indicó Chávez.

Incluso dijo que por estar en tiempos de campaña, la rifa de tres casas por parte de la candidata Soledad «Sol» Sánchez podría todavía violar las leyes electorales. Durante las campañas electorales, los candidatos deben adherirse a ciertas normas para evitar la compra de votos o la manipulación de los votantes a través de regalos u obsequios.

**Posibles violaciones**:

1. **Ley Electoral del Estado de Chihuahua**:

   – El artículo 385 prohíbe expresamente que, durante las campañas, los candidatos ofrezcan o entreguen regalos, dádivas u otro tipo de incentivos para inducir a los votantes.

2. **Normativa del Instituto Nacional Electoral (INE)**:

   – Las reglas de propaganda electoral establecidas por el INE prohíben el uso de obsequios o incentivos para ganar votos, ya que estos podrían considerarse como una forma de compra de votos.

Si bien los candidatos pueden realizar campañas y promoción política, deben abstenerse de entregar bienes materiales que puedan influir indebidamente en la intención de voto. Una investigación del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua o del INE podría ser necesaria para determinar si esta rifa constituye una violación de las leyes vigentes.

Aunque el regalo en la rifa de casas no se otorgue inmediatamente, sino que se prometa para después de que una candidata gane la elección, esto podría aún violar la ley electoral si se demuestra que el ofrecimiento tiene la intención de inducir a los votantes.

**Posibles implicaciones legales**:

1. **Ley Electoral del Estado de Chihuahua**:

   – Prohíbe prometer, ofrecer o entregar regalos o incentivos para influir en la intención de voto de los ciudadanos. Incluso si la rifa es para un futuro próximo o posterior a las elecciones, la promesa de un obsequio puede interpretarse como una táctica para asegurar votos.

2. **Propaganda Electoral**:

   – La normativa electoral también prohíbe el uso de incentivos o recompensas para influir en la votación durante la campaña electoral.

3. **Delito de Compra de Votos**:

   – Dependiendo de cómo se promocione o cómo se relacione con la campaña de la candidata, la promesa de casas puede considerarse una forma de compra de votos, lo cual constituye un delito.

La ruta legal para presentar una queja sería similar a la ya mencionada, recogiendo evidencia sobre cómo se presenta la rifa y cómo está vinculada a la campaña. Presentar una queja formal ante el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE) o el INE es un paso necesario para que las autoridades puedan investigar si las acciones violan las disposiciones legales vigentes.