Declaran inexistencia de violencia política de género de medio de comunicación

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Durante la Tercera Sesión Pública del Pleno del Tribunal Estatal Electoral (TEE) de Chihuahua, celebrada el jueves 25 de enero a las 18:00 horas, se declaró inexistente la infracción de violencia política contra las mujeres en razón de género contra Francisco Cisneros Salas, propietario del portal digital “El Papelerito”, quien fue denunciado por la síndica de Parral, Alma Portillo.

Lo anterior, se lee en la resolución, toda vez que el análisis efectuado a los comentarios denunciados, mismos que fueron publicados en columnas de opinión y notas informativas por este medio de comunicación, no se acreditó que se desprendan los elementos de género que exige la tipicidad de la infracción en cuanto a las conductas que se le imputaron.

En el orden del día de la sesión, se trataron los proyectos de resolución correspondientes a las denuncias y medios de impugnación, a los cuales dio lectura la Maestra Vianney Aragón, específicamente del procedimiento especial sancionador en el que se imputaron hechos a integrantes de diversos medios de comunicación de Parral, entre ellos, El Papelerito, que fueron denunciados por la funcionaria municipal, quien señaló la comisión, en su perjuicio, de la infracción en violencia política basada en elementos de género.

Derivado del desecho de la demanda de la síndica, se propuso declarar el sobreseimiento en relación con El Papelerito, en virtud de que, no resulta posible atribuirle legitimación pasiva para comparecer a juicio, ya que el mismo, indica la resolución, solamente fue el medio de difusión de la información denunciada.

Se argumentó que, cuando, en el ejercicio de la libertad de imprenta, modalidad de la libertad de expresión, los medios de comunicación difunden información que pudiese transgredir los límites constitucionales de dicha libertad, carecen de una obligación directa frente al ofendido o víctima, ya que, el responsable, es el autor del texto difundido, careciendo por ende, dichos medios de un derecho sustantivo directo respecto del cual deban, previamente, ser llamados a juicio y ser oídos y vencidos, porque únicamente fueron el medio de difusión, se insistió.

Alma Portillo, síndica municipal del Ayuntamiento de Hidalgo del Parral, demandó al propietario de El Papelerito, por un artículo de opinión en el que se hacía referencia a que su desempeño como funcionaria era más gris que naranja, en el sentido de su falta de posicionamiento y exigencia de cumplimiento ante diversas irregularidades en la obra pública del Gobierno de Parral, representado por funcionarios del partido Movimiento Ciudadano, al que ella pertenece, y cuyo color distintivo es el naranja, frases utilizadas en una expresión coloquial y popular para referirse a quienes, en el ejercicio, precisamente de su desempeño, tienen una tendencia y percepción negativa, pero nunca se puso en duda su capacidad como mujer, sino por el cargo que ostenta, con independencia del género.

La ley asistió a la libertad de expresión y dio la razón a la defensa legal de este portal digital, lo que quedó demostrado y resuelto por el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, al desechar la denuncia de la síndica, quien había solicitado que no se le mencionara ni se tuviera acercamiento de ningún tipo para su persona, menoscabando el derecho constitucional al acceso a la información, a través de los medios, por asumir un papel de víctima, ante hechos intexistentes.