Por la Libre
Escucha esta nota
Las voces disponibles dependen de tu dispositivo.
Juez de control descartó procesarlo por el delito de coalición y concedió dos meses para la investigación complementaria; la resolución se emitió durante una audiencia celebrada este jueves
Chihuahua.- El exfiscal general de Chihuahua, César Gustavo Jáuregui Moreno, fue vinculado a proceso por su probable responsabilidad en el delito de ejercicio ilegal del servicio público, luego de que un juez de control determinara que existen elementos suficientes para continuar con el procedimiento penal en su contra. La resolución se emitió a las 19:36 horas de este jueves 22 de octubre de 2026.
De acuerdo con la determinación judicial, la representación social presentó datos de prueba que, a consideración del juzgador, permiten establecer la probable comisión de conductas contempladas en el artículo 253, fracciones II y IV, del Código Penal del Estado de Chihuahua. La imputación fue planteada bajo la hipótesis de una actuación dolosa, en calidad de autor y coautor, conforme a los términos expuestos durante el procedimiento.
Entre los señalamientos analizados por el juez se encuentra el presunto ocultamiento de información relevante que habría sido obtenida por Jáuregui Moreno durante el ejercicio de sus funciones al frente de la Fiscalía General del Estado (FGE). Asimismo, la resolución hace referencia a declaraciones contradictorias relacionadas con la presencia de personas extranjeras que presuntamente permanecían en Chihuahua sin la autorización legal correspondiente.
En la misma audiencia, el órgano jurisdiccional resolvió no vincular a proceso a Jáuregui Moreno por el delito de coalición, previsto en el artículo 260 del Código Penal estatal. En este punto, el juez consideró que las conductas atribuidas al exfuncionario no reúnen los elementos jurídicos necesarios para configurar dicho ilícito.
La decisión representa una resolución diferenciada respecto de los delitos planteados por el Ministerio Público, pues mientras se determinó que existen elementos para continuar el proceso por ejercicio ilegal del servicio público, se descartó que los hechos expuestos encuadren en la figura penal de coalición.
A solicitud del Ministerio Público y con fundamento en el artículo 321 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), el juez estableció un plazo de dos meses para la investigación complementaria. Durante este periodo, tanto la Fiscalía como la defensa podrán reunir y presentar nuevos datos de prueba relacionados con el caso.
Una vez concluida esta etapa, el procedimiento podrá avanzar hacia la fase intermedia, en la que se analizarán los elementos probatorios que podrían presentarse en un eventual juicio.
La vinculación a proceso implica que la investigación penal continuará respecto del delito señalado, pero no constituye una declaración de culpabilidad. La responsabilidad del exfuncionario deberá determinarse conforme al desarrollo del procedimiento y a las resoluciones judiciales que correspondan.
